El
plazo de inscripción para solicitar
el Servicio de Comedor,
Aula Matinal y Actividades Extraescolares
para el próximo curso
escolar 2017/18,
estará abierto del
23 de mayo
al
10 de junio, para los alumnos del centro (del 1 al 10 de Junio para
los nuevos).
Según
la normativa vigente (Orden de 17 de abril de 2017) tienen derecho
preferente para uso
de
COMEDOR:
1.-
Cuando
el alumno o la alumna se encuentre en situación de
dificultad social extrema o riesgo de exclusión o bajo la tutela o
guarda de la Administración de la Junta de Andalucía, o cuando sea
hijo o hija de mujeres atendidas en centros de acogida para mujeres
víctimas de la violencia de género, y para las víctimas del
terrorismo.
2.-
Cuando
todos los guardadores (dos o uno) del alumno o alumna realicen una
actividad laboral o profesional remunerada o se encuentren en
situación de dependencia que justifique la imposibilidad de
atenderlo en el horario establecido para la prestación del servicio.
3.-
Familias
donde trabaje uno sólo de los padres. En caso de familia
monoparental,
se debe adjuntar un documento oficial que lo acredite.
ACREDITACIÓN SITUACIONES FAMILIARES
1.-
Para acreditar la guarda y custodia ejercida por única persona:
- Libro de familia, copia cotejada del libro de familia o documento
judicial acreditativo de la existencia de una sola persona
guardadora.
2.-
Para
acreditar su situación laboral, empresarial o de estudios:
a)
Informe de vida
laboral o
certificado de la unidad de personal en caso de funcionarios, y
certificación
del horario de trabajo.
b)
Certificación de alta en el impuesto de actividades económicas o
alta en el censo de empresarios o copia autenticada de la licencia de
apertura o alta en la Seguridad Social, y declaración responsable
del horario de la actividad
c)
Certificado actual de estudios y horario.
La acreditación de las
situaciones familiares deben presentarse tanto para el Comedor
Escolar como para el Aula Matinal.
BONIFICACIÓN
La
bonificación
que pudiera corresponder a cada familia, deberá
solicitarse del 1 al 7 de septiembre
rellenando el AnexoV.
La
bonificación que le corresponda sólo se aplicará a 1ª Actividad
Extraescolar que solicite.
En
el apartado 4.2 de dicho anexo, deberá relacionar todos los miembros
de la unidad familiar y todos los mayores de dieciséis años
firmarán la autorización aunque no tengan ningún ingreso,
para que la Consejería de Educación pueda obtener de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria la información económica
necesaria.
En
caso de que la Agencia Tributaria no disponga de datos económicos de
la unidad familiar, se presentará cualquier documento que acredite
los ingresos obtenidos en el periodo de referencia (Certificado
de Empresa, Certificado del INEM, …..).
Excepcionalmente podrá presentarse una declaración responsable de
la persona interesada.
En
los casos en que no se cumplimente la autorización o se constate que
alguno de los datos aportados es falso, no se tendrá derecho a la
bonificación.
Una
vez que la Consejería de Educación haya obtenido la información
económica de las familias, procederá al cálculo de las
bonificaciones correspondientes que serán notificadas a los
interesados por la dirección del Centro Docente.
Las solicitudes deben ser
recogidas y presentadas por los padres/madres de los alumnos/as en
Secretaría en horario de 9:15h a 11:30h.
No se atenderán las
solicitudes presentadas por los alumnos/as.
Atentamente,
COORDINADORA
PLAN DE APERTURA
Mairena del Aljarafe, 25 abril de 2018